A- de 2012
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante --·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia sobre proyectos de ley objetados por el Gobierno y proyectos de leyes estatutarias
- No existe certeza sobre correcta formulación de la insistencia del Congreso de la República respecto de la sanción presidencial
- Tramite
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Objeciones Gubernamentales por inconstitucionalidad al Proyecto de Ley No. 114-09 Senado y 296/10 Cámara, por medio de la cual se interpreta por vía de autoridad legislativa el artículo 15, numeral 2, literal a) de la Ley 91 de 1989.
La Sala se ABSTIENE DE DECIDIR acerca de las objeciones gubernamentales de la referencia, hasta tanto no se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.
Se ordena poner en conocimiento del Presidente del Senado el presente auto, para que envíe a la Corte Constitucional las actas de plenaria números 50 y 51 del 29 y 30 de mayo de 2012, para poder determinar si la aprobación del informe de objeciones presidenciales cumplió con el procedimiento establecido en la Constitución y el Reglamento del Congreso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. ABSTENERSE DE DECIDIR, acerca de las objeciones gubernamentales de la referencia, hasta tanto no se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.
- Segundo. ORDENAR que por Secretaria General de esta corporacion se ponga el presente auto en conocimiento del Presidente del Senado de la Republica, con el fin de que sean enviadas a la Corte Constitucional las actas 50 y 51 del 29 y 30 de mayo de 2012 a que antes se hizo referencia, para poder determinar si la aprobacion del informe de objeciones presidenciales cumplio con el procedimiento establecido en la Constitucion y el Reglamento del Congreso.
- Tercero. Una vez el Magistrado sustanciador verifique que las anteriores pruebas han sido adecuadamente aportadas, continuara el tramite de las objeciones presidenciales al proyecto de ley de la referencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.